La Resolución Exenta Nº 462/2007 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la R.M. y el Artículo 201, Nº 18 del DFL Nº 1/2009 (Ley de Tránsito), establece como Vía exclusivas o Pistas solo Buses, aquellos espacios de la calzada, debidamente señalizados, destinados únicamente al uso de ciertos vehículos, determinados por la autoridad correspondiente (Buses, taxis, vehículos de emergencias).
Al ser infraccionado por encontrarse en una vía exclusiva, podrá optar a un descuento del 50% del valor de la multa, en caso que pague hasta el día anterior a la fecha de citación.
Posteriormente a esta fecha se debe dirigir al Juzgado de Policía Local al cual fue citado, quienes indicaran el valor a pagar.
Lo anterior es válido para aquellas infracciones,
cursadas desde el 01 de Marzo de 2016, correspondientes 1er, 2do, 4to y
5to Juzgado de Policía Local de Santiago y para el 3er Juzgado de Policía
Local de Santiago están disponibles las denuncias cursadas desde el 03 de Junio
de 2016.
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